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Plan de Gestión Social para empresas mineras nace como una oportunidad para las comunidades y las regiones

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<strong>Bogotá</strong><strong>, 6 de julio de 2018</strong> – La Agencia Nacional de Minería ANM emitió la Resolución 318 del 20 de junio de 2018, mediante la cual, se adoptan los términos de referencia aplicables para la elaboración de los programas y proyectos de Gestión Social en la ejecución de los proyectos mineros, a través del cual se busca prevenir, mitigar y atender los riesgos sociales generados por el desarrollo del proyecto minero, así como, incrementar las oportunidades y beneficios generados por el mismo.
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“Con esta iniciativa queremos contribuir para que se generen oportunidades sociales y económicas en el área de influencia del proyecto minero, potenciar, mantener y fidelizar las relaciones positivas con los grupos de interés vinculados al proyecto, así como ayudar a resolver los conflictos sociales que puedan surgir por el desarrollo del mismo”, sostuvo la Presidenta de la Agencia Nacional de Minería, Silvana Habib Daza.
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La Gestión Social según lo establecido por la ANM, se compone de dos etapas: una etapa previa a la construcción del Plan, que comprende actividades como comunicación y divulgación a los grupos de interés sobre el proyecto minero durante la etapa de exploración, de conformidad con el “Protocolo de Comunicación para Proyectos Mineros” del Ministerio de Minas y Energía y los términos de referencia para la construcción del Plan de Gestión Social. De esta etapa previa se recogerán las inquietudes producto de la divulgación y comunicación y se deberá tener en cuenta para el efecto, las consideraciones pertinentes que resulten del acta de audiencia de participación ciudadana dentro del proceso de titulación minera. Estas actividades deberán ser incluidas por el titular minero dentro del documento del Plan de Gestión Social a su presentación.
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Y luego una etapa de presentación, aprobación y ejecución del Plan de Gestión Social, la cual se adelantará a partir de la etapa de exploración hasta el cierre del proyecto minero, la cual se ejecutará de conformidad con los términos de referencia que por esta resolución se adoptan.
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A su vez, el alcance del Plan de Gestión Social, estará determinado por la clasificación de la minería y los proyectos y actividades de conformidad con el área de influencia del proyecto. En pequeña minería, los Planes de Gestión Social se enfocarán en identificar, prevenir, mitigar y atender los impactos sociales asociados con la ejecución del proyecto minero y deberán socializar el proyecto con las comunidades de la zona de influencia del mismo antes de iniciar. Mientras que en mediana y gran minería además de enfocarse en identificar, prevenir mitigar y atender los impactos sociales asociados con la ejecución del proyecto minero, el Plan de Gestión Social propenderá por incrementar las oportunidades y beneficios en común generados por la ejecución del proyecto minero.
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La definición y desarrollo de los Planes de Gestión Social se hará teniendo en cuenta los objetivos de los planes de desarrollo municipal y los proyectos identificados como prioritarios para las comunidades en el Área de Influencia del proyecto.
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“Es fundamental en la elaboración del Plan de Gestión de Social se debe tener en cuenta los resultados obtenidos de las Audiencias y Participación de Terceros realizadas en los municipios como parte de la fase de concertación territorial dentro del trámite de las propuestas de contratos de concesión minera”, explicó la Presidenta de la ANM.
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La comunidad de influencia tendrá un papel protagónico en la definición de las líneas de acción que tendrá el Plan de Gestión Social, basado en la identificación de actividades y creando acciones conjuntas con otros actores presenten en el territorio y así plantear estrategias de desarrollo en materia de fortalecimiento productivo y de generación de empleo, educación, salud, recreación y deporte, entre otras actividades, que deben enfocarse en mejorar las condiciones de la comunidad en el territorio, estar coordinadas a la realidad del proyecto y ser pertinentes, sostenibles, medibles y realizables.
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“Cada año, el titular minero nos debe presentar un informe de ejecución del Plan de Gestión Social, y podrá realizar con la comunidad del área de influencia del proyecto reuniones de socialización o avances del Plan vigente y de estas acciones deberá mantener informada a la ANM en el informe anual. Esta iniciativa busca que el principal beneficiado de una Minería Bien Hecha sea la comunidad”, puntualizó Habib Daza.
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El incumplimiento de las obligaciones de elaboración, presentación y ejecución de los Planes de Gestión Social, dará lugar a las sanciones correspondientes por incumplimiento de obligaciones contractuales y/o legales.
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