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RUCOM 2026: 31 de mayo fecha límite para renovar y evitar restricciones en la comercialización de minerales

RUCOM 2026: 31 de mayo fecha límite para renovar y evitar restricciones en la comercialización de minerales

Bogotá, 25 de mayo de 2026., La Agencia Nacional de Minería (ANM) hace un llamado urgente a todos los Comercializadores de Minerales Autorizados para realizar la renovación anual del Registro Único de Comercializadores de Minerales (RUCOM) antes del próximo 31 de mayo.

El RUCOM es una herramienta fundamental para garantizar la legalidad, trazabilidad y transparencia en la comercialización de minerales en Colombia. A través de esta plataforma tecnológica, la ANM certifica a las personas naturales y jurídicas autorizadas para comercializar, beneficiar, consumir y exportar minerales en el país.

La renovación anual permite validar la capacidad económica de los comercializadores, garantizar la legalidad de las operaciones y fortalecer el control sobre la cadena de suministro minera.

“El RUCOM es una herramienta clave para fortalecer una minería legal y transparente. Renovar a tiempo evita afectaciones en la operación comercial y brinda mayor confianza en las actividades económicas del sector”, señaló Jimmy Soto, Vicepresidente de Seguimiento, Control y Seguridad Minera.

¿Qué pasa si no se renueva el RUCOM antes del 31 de mayo?

La ANM recuerda que no realizar este trámite dentro de los tiempos establecidos puede generar consecuencias que afectan directamente la operación comercial de los actores del sector minero:

  • No se podrán comercializar minerales legalmente. 
  • No se podrá realizar procesos de exportación. 
  • Se estará expuesto a sanciones y restricciones administrativas. 
  • No se permitirá acceder al certificado de origen. 
  • Se dificultará la interacción y validación de operaciones ante el sector bancario y financiero.

Renovar el RUCOM no solo permite cumplir con la normativa vigente, sino que también facilita los procesos comerciales y aporta confianza y respaldo a las operaciones mineras formales.

¿Quiénes deben renovar?

Deben renovar su inscripción todas las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades habituales de compra, venta, transformación, beneficio, distribución, intermediación, exportación o consumo de minerales, así como plantas de beneficio y casas de compra y venta de minerales como oro, plata, platino y piedras preciosas o semipreciosas.

Marco normativo

La comercialización de minerales en Colombia se encuentra regulada por el artículo 112 de la Ley 1450 de 2011 y el Decreto 1073 de 2015, Capítulo 6, normas que establecen mecanismos de control y lineamientos para garantizar la legalidad de esta actividad económica.

La Agencia Nacional de Minería reafirma su compromiso con la formalización minera y con el fortalecimiento de herramientas que promuevan una minería legal, responsable y con propósito.

Conozca toda la información y realice su renovación en: https://www.anm.gov.co/registro-unico-de-comercializadores-de-minerales 

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Fecha de publicación: 25/05/2026